Bienvenidos a Seguros Santiago e Hijas

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C/ Gertrudis Gómez de Avellaneda

Nº53 1ºD CP: 50018, Zaragoza

Información Previa

Aviso legal

Para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, a continuación, se indican los datos de información general de este sitio:

Titular: Correduría de seguros José de Santiago e Hijas, S.L.

Dirección: Avda. Gertrudis Gomez de Avellaneda, 53, 1º D – 50018 Zaragoza

E-mail: esperanza@josedesantiagoehijas.com

Teléfono: 976 52 61 55

Datos registrales

CIF: B50626308

Registro DGS: J-1372

Información previa

  1. La actividad profesional de los corredores/corredurías de seguros está regulada en el Real Decreto – Ley 03/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de los seguros privados, garantizando así la protección de los derechos de los clientes.
  2. Para su conocimiento, y a los efectos legalmente prevenidos, le informamos que éste/a corredor/correduría de seguros:
    • Cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley, estando inscrito/a en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros con el número de clave J-1372, que puede Vd comprobar en la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dgsfp.mineco.es
    • Tiene suscrita póliza de Responsabilidad Civil Profesional y póliza de Crédito y Caución, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artº 157.1, apartados f) y g).
    • Cuenta con un departamento de atención al cliente externalizado, encargado de atender y resolver sus quejas y reclamaciones, a través de E2K GLOBAL BUSINESS SOLUTIONS, S.A. cuyos datos son los siguientes: E2K SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE, C/ Marzo, 23 02002-ALBACETE, email atencionalcliente@e2kglobal.com, telf. 967 663 901.
    • Tiene establecido el tratamiento de sus datos de carácter personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    • La remuneración percibida por su actividad de correduría revestirá únicamente la forma de comisiones.
  1. Los corredores/corredurías de seguros, actuando en nombre de sus clientes, son los únicos profesionales facultados para asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras. Es por ello, que las ofertas que sometemos a su consideración han sido basadas en un análisis objetivo y personalizado, consistente en analizar un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado en los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación personalizada, considerando que corresponde a su petición dentro de una valoración de méritos para buscar una correcta cobertura a sus requerimientos y necesidades.
  2. El corredor/correduría informa igualmente al cliente del contenido del artº 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, de forma tal que las comunicaciones que el mediador curse a la aseguradora surtirán los mismos efectos como si las realizara el propio interesado (tomador).

Política de transparencia

1.Criterios utilizados para la selección y comparación de los productos de las entidades aseguradoras.

La experiencia demuestra que es posible mantener unas relaciones fluidas con las entidades aseguradoras. Será primordial mantenerlas con las Compañías de mayor solvencia, en busca de los mejores productos aseguradores y de la gestión más ágil y eficaz. Una vez realizado el estudio de los distintos productos y entidades, hemos negociado con aquellas entidades aseguradoras que pudieran encajar mejor en las necesidades de nuestros clientes. Se trata de obtener para el cliente la mejor relación calidad/ precio, sin olvidar una remuneración ajustada y acorde con el esfuerzo comercial realizado y con el servicio a prestar.

Esta sociedad de correduría de seguros ha formalizado relaciones mercantiles –carta de condiciones– con aquélla compañías que reúnan los requisitos necesarios, conforme a los criterios de selección recogidos en el apartado siguiente.

Los criterios que han sido tomados en consideración a la hora de elegir a las Compañías Aseguradoras con las que establecer relaciones mercantiles, al objeto de proceder a la colocación de los riegos se basarán en las siguientes premisas:

  • Estudio de la situación económica mediante el examen del Balance de situación y la cuenta de Pérdidas y Ganancias.
  • Estudio del condicionado de las pólizas correspondientes a los Ramos de seguro que sean de interés para la sociedad, contemplando las coberturas, exclusiones, franquicias, tarifas y restantes condiciones, tanto mercantiles (generales, especiales y particulares), como técnicas y económicas, para descubrir las más interesantes para los clientes en orden a conseguir la mejor garantía posible con los precios o tarifas más asequibles o proporcionadas.
  • Información, a través de revistas del sector, asociaciones profesionales, colegios profesionales, organismos públicos, etc., lo más exhaustiva posible sobre su actuación en el mercado de seguro, examinando, de forma especial, la atención al cliente en el tratamiento de siniestros, celeridad en los trámites, peritación, resolución, etc., hasta su liquidación definitiva.

2.Las entidades aseguradoras sobre las que se ofrecen productos en su web y la relación contractual con el distribuidor.

Realizado un estudio exhaustivo en la selección de las entidades aseguradoras a través de las cuales promocionamos aquellos productos que mejor encajen con las necesidades de nuestros clientes a través de los criterios anteriormente señalados, tenemos suscrito carta de condiciones con  SANTA LUCIA VIDA Y PENSIONES, ARAG INTERNACIONAL SA, GENERALI ESPAÑA SA, AXA SEGUROS GENERALES SA, AXA AURORA VIDA SA, HELVETIA SEGUROS SA, LA PREVISIÓN MALLORQUINA SA, ZURICH CIA DE SEGUROS, PLUS ULTRA SEGUROS SA, MAPFRE ESPAÑA SA, MAPFRE VIDA SA, ALLIANZ CIA DE SEGUROS, PELAYO MUTUA DE SEGUROS, DKV SEGUROS Y REASEGUROS, FIATC, REALE SEGUROS, AGRUPACION, DAS DEFENSA DEL AUTOMOVILISTA, MUTUAVENIR MUTUA DE SEGUROS, MARKEL INSURANCE, MUSSAP MUTUA DE SEGUROS, Y MGS SEGUROS Y REASEGUROS.

3.Si la relación con las entidades aseguradoras es o no remunerada y la naturaleza de la remuneración.

La remuneración que percibe esta correduría por su actividad podrá revestir la forma de comisiones, o la forma de honorarios profesionales o una conjunción de ambos. El cliente será informado expresamente el cliente conforme a lo dispuesto en la normativa específica de distribución de seguros de la naturaleza de la remuneración.

4.Si el precio del seguro que figura al final de proceso está o no garantizado.

La presente correduría de seguros cuenta con un importante ERP que emplea un amplio conjunto de procesos de conectividad con las principales aseguradoras del mercado. A través de la herramienta también integra el 100% del proceso de multitarificación permitiendo obtener de forma rápida y sencilla una comparativa comercial de opciones de contratación con distintas aseguradoras, obteniendo, según entidad aseguradora de la que se trate, precio garantizado o no.

5.La frecuencia con la que la información de los distribuidores es actualizada.

Anualmente la presenta correduría de seguros analiza y realiza un estudio de mercado aplicando de nuevo los criterios de selección y la propia evolución natural de las necesidades y exigencias de los clientes.